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Los Consejos de Residentes Españoles (CREs) son órganos consultivos de las oficinas consulares, entendiendo por tales tanto los Consulados Generales propiamente dichos como las secciones consulares de las Embajadas, en las cuestiones de interés para la comunidad española de residentes en su demarcación. Desarrollan sus actividades en materia de derechos civiles y laborales, acción educativa, social y cultural a favor de los españoles que integran dicha comunidad y su participación política en España.
Los CREs fueron creados por el Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre (BOE núm. 262, de 2 de noviembre de 1987), sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero, que fue desarrollado por la orden del Ministerio de Asuntos Exteriores de 23 de febrero de 1988 (BOE núm. 53, de 2 de marzo de 1988), por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los consejos de residentes españoles en el extranjero. Hasta la promulgación de la ley 4/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2006), no tuvieron reconocimiento legal. Hoy están regulados en los artículos 9, 12 y 13 de dicha ley y en el real decreto 1960/2009, de 18 de diciembre (BOE núm. 2, de 2 de enero de 2010).
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