CRE Bélgica

 

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Los Consejos de Residentes Españoles (CREs) son órganos consultivos de las oficinas consulares, entendiendo por tales tanto los Consulados Generales propiamente dichos como las secciones consulares de las Embajadas, en las cuestiones de interés para la comunidad española de residentes en su demarcación. Desarrollan sus actividades en materia de derechos civiles y laborales, acción educativa, social y cultural a favor de los españoles que integran dicha comunidad y su participación política en España.

Regulación de los CREs

Los CREs fueron creados por el Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre (BOE núm. 262, de 2 de noviembre de 1987), sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero, que fue desarrollado por la orden del Ministerio de Asuntos Exteriores de 23 de febrero de 1988 (BOE núm. 53, de 2 de marzo de 1988), por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los consejos de residentes españoles en el extranjero. Hasta la promulgación de la ley 4/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2006), no tuvieron reconocimiento legal. Hoy están regulados en los artículos 9, 12 y 13 de dicha ley y en el real decreto 1960/2009, de 18 de diciembre (BOE núm. 2, de 2 de enero de 2010).

Funciones

  • Ser cauce de comunicación entre las comunidades de españoles en el exterior y las correspondientes oficinas consulares.
  • Debatir y proponer a las oficinas consulares las medidas relacionadas con su función consular que contribuyan a mejorarla en el ámbito de su circunscripción.
  • Asesorar e informar a la oficina consular en los asuntos que afecten a la comunidad española.
  • Difundir entre la comunidad española las medidas adoptadas por las administraciones publicas en aquellos temas que afecten a los españoles residentes en la circunscripción.
  • Cooperar con la oficina consular o con otras instituciones españolas o locales para dar mayor carácter institucional a aquellas actividades que se desarrollen en beneficio de los españoles.
  • Colaborar con la oficina consular en los procesos electorales de los propios Consejos de Residentes Españoles.
  • Participar, en la forma que reglamentariamente se establezca, en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones establecidas a favor de los españoles en el exterior.